
"CHS impone multas 200 euros por transitar con moto por rambla de Cartagena". Este titular, de un teletipo de la agencia Efe, me llamó ayer la atención. Sigo leyendo: "La Confederación Hidrográfica del Segura ha expedientado a dos hombres que fueron sorprendidos transitando con sus motocicletas por una rambla de Cartagena y que han sido propuestos cada uno de ellos para una multa de doscientos euros". Parece que va en serio. Un poco más de información: "Estas conductas constituyen una infracción leve de la Ley de Aguas y los afectados pueden presentar las alegaciones que consideren oportunas en su descargo en el plazo de quince días". ¿Qué ocurre, está prohibido circular en coche o moto por las ramblas? Llamo a la CHS, que me contesta enseguida: sí, está prohibido.
07.05.13 - MIGUEL ÁNGEL RUIZ
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